Residencia temporal para actividades remuneradas lícitas

La residencia temporal para actividades remuneradas lícitas es un permiso para aquellos extranjeros que deseen establecerse en Chile por un tiempo limitado. Esto, con el fin de desarrollar actividades lícitas remuneradas bajo vínculo de subordinación o dependencia. 

¿Qué requisitos debe cumplir un extranjero para conseguir la Residencia Temporal?

    a. El extranjero interesado deberá presentar un contrato de trabajo celebrado con una persona natural o jurídica. Dicho contrato, con domicilio en Chile e inicio de actividad vigente ante el Servicio de Impuestos Internos, cuando la actividad que desarrolla así lo requiera.

    b. El contrato deberá ser firmado por el empleador ante un notario público chileno. El trabajador extranjero, deberá firmarlo ante el Consulado que sea competente de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento Consular.

    c. El objeto del contrato de trabajo deberá ser coherente con las actividades declaradas por el empleador ante el Servicio de Impuestos Internos. Excepcionalmente, se podrá prescindir de este requisito cuando se trate de actividades que por su naturaleza no exijan al empleador haber iniciado un giro ante dicho servicio público.

 

¿Cuál es la duración de la Residencia Temporal ?

La duración del contrato no podrá ser inferior a 3 meses y el periodo de vigencia del permiso se contará desde el ingreso al país del extranjero. Sin perjuicio de aquello, el empleador deberá cumplir con los deberes de escrituración y de registro electrónico del contrato de trabajo. Lo cual está regulado en los artículos 9º y 9º bis del Código del Trabajo, en las oportunidades fijadas en cada uno de esos preceptos.   

 

¿Quién más puede optar a este permiso de Residencia Temporal?

Pueden también postular al permiso aquellos extranjeros que cuenten con una oferta formal de trabajo emitida por una persona natural o jurídica chilena con domicilio o sucursal en Chile. La cual deberá ser aceptada por escrito por el interesado. Dicha oferta deberá cumplir con los siguientes antecedentes:

  • Contar con un documento que haya sido previamente protocolizado ante un notario público chileno que deberá ser ingresado a la plataforma electrónica dispuesta por el Servicio,
  • Deberá ingresar también el documento escrito otorgado ante el Consulado competente, donde conste la aceptación del extranjero.

Con el mérito de estos antecedentes, el extranjero podrá dar inicio a la solicitud, luego de cuyo análisis y en caso de ser éste favorable, se le otorgará un permiso de residencia temporal por un término de 90 días corridos.

 

Otros antecedentes que debes considerar

    Desde el momento en que ingresa al territorio nacional, el extranjero tendrá un plazo de 45 días corridos para presentar al Servicio Nacional de Migraciones una copia autorizada ante notario. Del contrato de trabajo y de la constancia del registro electrónico del mismo en los términos del artículo 9º bis del Código del Trabajo. Este contrato deberá haberse celebrado con el empleador que haya remitido la oferta formal señalada en el inciso primero del presente artículo. Con el mérito de estos antecedentes, se otorgará al interesado el permiso de residencia temporal regulado en el artículo anterior.

 

Sanciones por no cumplimiento

    En caso de no cumplirse con lo exigido, el Servicio junto con dejar sin efecto el permiso de 90 días, dispondrá el abandono del extranjero del territorio nacional. Ello, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que según corresponda, pudiera imputarse a la persona natural o jurídica que haya emitido la oferta de trabajo que finalmente no prosperó.

     Importante señalar que un extranjero que ya sea titular del permiso de residencia temporal podrá cambiar de empleador sin necesidad de informarlo al Servicio Nacional de Migraciones.

    La forma y contenido del contrato de trabajo deberá ajustarse a lo dispuesto en el Código del Trabajo, especialmente a lo establecido en su artículo 10, pudiendo acordar servicios de cualquier naturaleza, salvo aquellos que se opongan a la moral, a la seguridad o a la salubridad pública, o que su ejercicio se prohíba por exigencia del interés nacional y una ley lo declare así.

 

Término de contrato y prórrogas

    Las partes podrán acordar voluntariamente que el empleador financie el pasaje de retorno del trabajador extranjero una vez que haya terminado el contrato de trabajo que los ligue.

 Quienes deseen prorrogar el permiso correspondiente a esta subcategoría de residencia temporal, deberán acreditar que continúan desarrollando actividades remuneradas lícitas, de conformidad a lo siguiente:

Finalmente, sea que se trate de actividades realizadas bajo subordinación o dependencia, o por cuenta propia, deberá adjuntarse a la solicitud de residencia, la carpeta tributaria del empleador o contratante, en caso de que el empleador sea una persona jurídica o natural con inicio de actividades. De lo contrario, deberá acreditarse la solvencia económica suficiente del empleador para cumplir con las obligaciones contractuales contraídas.

 

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