¿Cómo constituyo una empresa?

Para constituir una empresa hay que cumplir estos 5 pasos: 1) Definir el  tipo de sociedad: Es lo primero que se debe hacer, ya que existen muchas formas de constituir personas jurídicas. Como por ejemplo: Sociedades de Responsabilidad Limitada, las Anónimas y las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, etc. 2) Borrador de escritura y extracto: El borrador de la escritura la debe efectuar un abogado o solicitarla en la misma notaria, por lo general acá se establece el tipo de sociedad, quiénes son los socios, la razón social, nombre de fantasía, etc. Luego se define:
  • Objeto social de la empresa
  • Giro
  • Quién es la persona que administrará la empresa
  • Domicilio de la sociedad
  • Las formas de administración
  • Aporte de capital (No hay mínimo y puede ser en dinero, la valoración de su trabajo, o bienes como un vehículo, una casa etc.).
  • Cómo se distribuyen los ingresos o pérdidas
  • Duración de la sociedad, que en general son entre dos, tres y cinco años.
  En total, este trámite demora entre uno y cuatro días y el costo promedio por el abogado es de unos $200.000. 3) Consentimiento de la escritura pública y legalización del extracto: Una vez que se tiene el borrador y el extracto, se debe firmar y mandarlos a la notaría ya sea en forma electrónica o tradicional. Este trámite dura entre uno y cuatro días. El notario debe certificar:
  1. Que las partes son las que dicen ser
  2. Fecha del instrumento
  3. Que las partes prestaron las declaraciones que están en el instrumento.
  Las notarías cobran por la constitución de una sociedad por carilla y hay distintos precios, por eso es importante cotizar antes de elegir la notaría. 4) Publicación del extracto de constitución en el Diario Oficial y en el conservador de bienes raíces: Una vez que la notaría timbra los dos documentos anteriores,  hay que publicar el extracto de constitución de sociedad en el Diario Oficial. Actualmente no se cobra por publicar el extracto en la página web, siempre que la empresa tenga un capital inicial menor a 5.000 UF *. Para los capitales mayores a 5.000 UF, el Diario Oficial cobra una UTM*. Se establece, además, que el Diario Oficial debe publicar el extracto al día siguiente de la solicitud. En conjunto al envío del extracto al Diario Oficial, éste debe ser inscrito en el conservador de bienes raíces. En general, aquí se cobra un 0,2% del capital de la sociedad. Es decir, una empresa que tiene un capital de $ 20.000.000, debería cancelar $ 40.000 por la inscripción en el conservador. Actualmente, el trámite se demora hasta cuatro días. 5) Servicio de Impuestos Internos: Una vez terminados los pasos de inscripción y publicación de la extracto de la sociedad, la persona debe dirigirse al Servicio de Impuestos Internos para la inscripción de la sociedad en el Rol Único Tributario (RUT) y la declaración de iniciación de actividades. Una vez hecho esto, la persona ya puede timbrar boletas y empezar a vender ya que la ley 20.494 estipula que se puede partir la actividad vendiendo en cuanto la persona obtiene el RUT y la iniciación de actividades. Aunque la empresa posteriormente debe timbrar los documentos tributarios, y obtener una patente municipal.  
*5.000 UF = ($ 122.785.750 UF al 31/01/2015) *1 UTM= ($ 43.198 UTM Enero 2015)