Reajustes tributarios y reorganizaciones Empresariales

Sobre este tema tan amplio y dinámico es necesario precisar algunos aspectos, entre los que fundamentalmente destaca la aplicación del oficio No 474 de 2018 y los problemas de coherencia entre las normas sobre reajustes.

Es importante mencionar los problemas interpretativos que enfrentan tanto el Servicio de Impuestos Internos como los contribuyentes al aplicar normativas que han sido implementadas a través de las leyes 20.780 y 20.899, de 2014 y 2016 respectivamente, en cuanto a la adecuada determinación del registro de rentas afectas a impuestos (RAI) y el problema específico de descontar del capital propio tributario, el capital pagado reajustado; sin recurrir a estudios preliminares que permitan detectar las inconsistencias en la ley vigente, lo que provoca problemas.

PUNTOS CLAVES

  • Estar atentos a lo que establecen  las leyes fiscales de los años 2014 y 2016 y determinar si es posible conciliar la regla del artículo 14 letra B No 2 letra a,numeral ii, de la Ley sobre Impuesto a la Renta, con las demás normas sobre corrección monetaria, que disponen la corrección del patrimonio tributario.
  • Los efectos tributarios cuando una empresa se transforma. que existen no sólo al interior de la empresa, sino también en los aspectos formales de la tributación de sus dueños.
  • El cambio de denominación de los dueños.  Una vez transformada la sociedad de personas, deja de ser dueño de derechos sociales y comienza a ser dueño de acciones. Quienes eran socios de sociedades de personas y tributaban con el Impuesto Global Complementario (en adelante IGC) o Impuesto Adicional (en adelante IA) sobre retiros.
  • Los antiguos socios ahora accionistas, tributarán en el IGC o IA sobre dividendos, este solo hecho presenta grandes diferencias tributarias, para quienes pagan los impuestos finales, por el solo hecho de transformarse las compañías.
  • Consecuencias a la hora de enajenar sus acciones o derechos sociales, o tributar según sea la condición de la empresa a la fecha de la transformación y su posterior venta por parte de sus dueños, así como otras consecuencias (retiros, para el desarrollo de su negocio o actividades patrimoniales tanto en lo personal como en lo social empresarial.

Así como, se puede apreciar, existen cambios o efectos tributarios para los dueños cuando se lleva a cabo una transformación, así también pueden existir cambios o efectos tributarios para la propia empresa cada vez que se produzcan transformaciones. De allí que sea tan importante contar con la especializada asesoría de conocedores y especialistas sobre la materia.

Fuente: Centro de Estudios Tributarios de la Universidad de Chile.

Ley de la Renta

Revista de Estudios tributarios de la Universidad de Chile

Estudios de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad de Chile.

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